
¿Cuáles son las funciones del comité de administración en edificios y condominios según la ley 21.442?
La Ley 21.442, conocida como la Ley de Copropiedad Inmobiliaria en Chile, regula la administración de edificios y condominios y establece las funciones del comité de administración en este contexto. Según esta ley, el comité de administración tiene las siguientes funciones:
1. Representación de los copropietarios: El comité actúa como representante de los copropietarios frente a terceros y a la administración. En esta función, toma decisiones en nombre de la comunidad.
2. Control de la administración: Supervisa la gestión del administrador del condominio, asegurando que este cumpla con sus obligaciones de acuerdo con el reglamento de copropiedad y las decisiones de la asamblea.
3. Elaboración del presupuesto: Participa en la preparación del presupuesto anual de gastos comunes y somete este documento a la aprobación de la asamblea de copropietarios.
4. Cuidado de las áreas comunes: Vela por el adecuado mantenimiento de las áreas comunes del condominio, promoviendo su uso y conservación en beneficio de todos los copropietarios.
5. Contratación de seguros: Asegura la contratación de seguros obligatorios que protejan las áreas comunes y los bienes del condominio ante riesgos como incendios o desastres naturales, conforme a lo establecido en la ley.
6. Citación a asambleas: Convoca a la asamblea ordinaria y, cuando sea necesario, a asambleas extraordinarias de copropietarios, donde se discutirán temas relacionados con la administración y la operación del condominio.
7. Fiscalización de gastos comunes: Supervisa que el administrador realice la correcta recaudación de los gastos comunes y el uso adecuado de estos recursos para la mantención y operación del condominio.
8. Resolución de conflictos: Media en los conflictos que surjan entre los copropietarios o entre estos y el administrador, buscando soluciones de acuerdo con el reglamento y las normas establecidas.
9. Nombramiento del administrador: Tiene la facultad de designar o remover al administrador del condominio, conforme a lo establecido en la ley y en el reglamento de copropiedad.
Aunque es el administrador quien tiene la responsabilidad directa de gestionar el funcionamiento de la comunidad, el comité de administración debe asegurarse de que estas tareas se lleven a cabo de manera efectiva. Sus funciones están orientadas a garantizar la operación eficiente, el mantenimiento adecuado y la convivencia armoniosa dentro del condominio, actuando como un órgano clave en la supervisión y la implementación de decisiones que impactan a toda la comunidad de copropietarios.